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Ya fueron escogidos los jurados de votación para las elecciones: así puede consultar si le tocó

La Registraduría Nacional aseguró que designó a 727.823 jurados de votación en todo el país para la jornada electoral del Congreso que se desarrollará el próximo 13 de marzo. Para esta selección la Registraduría utilizó un nuevo software que permite la variedad de filiación política de los jurados y prioriza a los postulados por partidos y movimientos políticos así como estudiantes de universidades públicas y privadas.

Para consultar si usted fue elegido como jurado de votación, debe ingresar a la página de la Registraduría Nacional en infovotantescongreso.registraduria.gov.co y haciendo click en la sección de jurados de votación puede ingresar su número de cédula y verificar la información.

¿Quiénes pueden ser elegidos como jurados de votación?

Dentro de este sorteo se tuvieron en cuenta las personas que tengan entre 18 y 60 años exceptuando miembros de las fuerzas armadas, funcionarios relacionados con temas electorales, candidatos a corporaciones públicas y sus familias.

¿Cuáles son mis funciones si soy elegido?

Dentro de los deberes que tiene como jurado de votación están recibir el documento de identidad de los votantes y verificar si se encuentran habilitados, registrar a aquellos que ya hayan ejercido su derecho, entregar los tarjetones, vigilar la urna, entregar el certificado y ayudar al votante si es necesario. En caso de que sea designado como jurado remanente debe estar pendiente de si lo asignan dado que estos reemplazan a aquellas personas que por motivos de fuerza mayor no pueden asistir.

¿Qué pasa si no presto este servicio?

Las personas que no presenten excusa válida para no ser jurados de votación pueden ser despedidos de sus cargos (en caso de ser servidores públicos) o ser multados hasta por 10 salarios mínimos legales vigentes.

¿Qué beneficios tengo por ser jurado de votación?

Los ciudadanos que sean jurados de votación tienen derecho a pedir un día de descanso remunerado que deberá acordarse con el empleador dentro de los 45 días siguientes a la jornada electoral.

Recuerde que si es elegido para ser jurado de votación debe participar en las jornadas de capacitación que hace la Registraduría y que debe llegar a las 7:30am a su puesto designado y permanecer allí durante todo el desarrollo de las elecciones.

FUENTE DIARIO ORIENTE