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¿Y si gobernadores y alcaldes no cumplen con la orden de asistencia militar?

Aunque el decreto 575 les ordena a los gobernadores de ocho departamentos y los alcaldes de 13 ciudades coordinar con Ejército y Policía el levantamiento de los bloqueos, algunos de ellos dicen que prefieren recurrir a las vías del diálogo y la concertación.

Con el decreto 575 del pasado viernes 28 de mayo, por medio del cual el presidente Iván Duque determinó la asistencia militar en ocho departamentos y 13 ciudades del país, alterados por los enfrentamientos entre Fuerza Pública y manifestantes en el marco del paro nacional, sus gobernadores y alcaldes quedaron supeditados a coordinar con las autoridades militares y de policía las medidas pertinentes al restablecimiento del orden público. Es decir, en coordinación con Ejército y Policía, los mandatarios deben adoptar las medidas necesarias para evitar y levantar los bloqueos en las vías, además de implementar planes y acciones para reactivar la productividad y la movilidad en sus respectivas jurisdicciones.

El decreto les señala además la obligación de “brindar el apoyo y colaboración, en el marco de sus competencias, para lograr mayor eficiencia, eficacia y celeridad en los procesos de captura y judicialización de las personas que incurren en los actos delictivos que afectan el orden público, la seguridad y la convivencia ciudadana”. Asimismo, deben tener informada a la opinión pública, nacional e internacional, sobre los avances en dichas medidas y, dado el caso, decretar toques de queda ante cualquier alteración significativa del orden público y que, en tal virtud, resulte necesario. Todo lo anterior, con una advertencia clara: “Los gobernadores y alcaldes que omitan el cumplimiento de lo dispuesto en este decreto, serán sujetos de las sanciones a que haya lugar”.

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¿Quiénes son los mandatarios regionales y locales sometidos a esa decisión presidencial? Se trata de los gobernadores Clara Luz Roldán del Valle del Cauca; Elías Larrahondo del Cauca, Jhon Rojas de Nariño, Álvaro Granja del Putumayo, Luis Enrique Dussán del Huila, Arnulfo Gasca del Caquetá, Victor Tamayo de Risaralda y Silvano Serrano de Norte de Santander. En cuanto a los alcaldes, están Jorge Iván Ospina de Cali, Óscar Escobar de Palmira, John Jairo Santamaría de Yumbo, Julián Adolfo Rojas de Buga, Víctor Hugo Vidal de Buenaventura, Juan Carlos López de Popayán, Germán Chamorro de Pasto, Luis Fernando Villota de Ipiales, Gorky Muñoz de Neiva, Carlos Alberto Maya de Pereira, Juan Carlos Cárdenas de Bucaramanga, Andrés Tovar de Madrid y Guillermo Aldana de Facatativa, estos dos últimos en Cundinamarca.

El decreto en mención ha generado una ardua discusión y hay quienes consideran que es inconstitucional. ¿Es de obligatorio cumplimiento por parte de esos gobernadores y alcaldes? Para el jurista Rodrigo Uprimny, no y estos pueden, e incluso deben, por tratarse de inconstitucionalidades burdas, aplicar la excepción de inconstitucionalidad e implementar únicamente los contenidos e interpretaciones constitucionales del decreto. “Esto significa que deben intentar levantar únicamente los bloqueos desproporcionados y no todos los bloqueos; en esos casos deben intentar el diálogo y la concertación primero; sólo agotada esa posibilidad pueden recurrir a la fuerza, que debe ser usada en forma proporcionada, conforme a los estándares de derechos humanos y sin nunca involucrar al ejército en esas tareas”, escribió en una columna publicada en el portal de DeJusticia.

FUENTE EL HERALDO