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El giro en la política de migración venezolana: ¿qué cambió?

EL ABECÉ DEL NUEVO ESTATUTO TEMPORAL DE PROTECCIÓN PARA MIGRANTES VENEZOLANOSPARA SABER MÁS

¿Qué es?

El Estatuto Temporal de Protección para Migrantes busca proteger a la población migrante que se encuentra actualmente en condiciones de irregularidad, teniendo en cuenta que se trata de la población más vulnerable, medida que adicionalmente desestimula la migración irregular con posterioridad a la entrada en vigencia de la norma. Tendrá una vigencia de diez (10) años

¿A quienes cobija?

El Estatuto Temporal de Protección para Migrantes cobija a toda la población migrante venezolana que esté presente en el territorio nacional hasta el 31 de enero del 2021, ya sea de manera regular o irregular. Además, todos aquellos que entren a Colombia por pasos regulares dentro del período establecido en el decreto de dos años a partir de su expedición, también podrían acogerse a los beneficios.

¿Podrán acceder a una cuenta bancaria?

Sí. De hecho, ya lo pueden hacer con el Permiso Especial de Permanencia (una medida anunciada en enero de 2020 dirigida a aquellos ciudadanos venezolanos que entraron a Colombia antes del 29 de noviembre de 2019 y que benefició a más de 200 mil de ellos, según Migración Colombia). Les facilitaría mucho la vida a ellos y a los bancos.

¿Tendrán los mismos derechos laborales que los colombianos?

Sí. Desde el punto de vista laboral tendrán acceso al empleo formal en las mismas condiciones que los colombianos. Para Colombia es importante que este grupo poblacional se convierta en un elemento productivo: podrán acceder al sistema de seguridad, tanto en el régimen contributivo como el subsidiado, y tendrán todas las prestaciones sociales.

¿Podrán votar en las elecciones?

No. Absolutamente no. En este decreto no hay vocación de nacionalizar a todos los venezolanos y mucho menos de que tengan acceso inmediato al derecho político de votar. Después de regularizar su situación, y tal como pasa con cualquier extranjero con visa legal en Colombia, podrán optar a la nacionalización si han vivido en el país por 5 años o por dos años si está casado con colombianos

¿Qué sigue?

Transcurridos 90 días posteriores a la publicación del decreto por medio del cual se adopta el Estatuto Temporal de Protección para venezolanos, se implementará en dos fases: Registro único de Migrantes; y Expedición del Permiso por Protección Temporal. A partir de la entrada en vigencia del Estatuto, no se expedirá ni prorrogará ningún Permiso Especial de Permanencia.

FUENTE EL COLOMBIANO